Información revisada a 26 de septiembre de 2026.
SANDACH son las siglas de subproductos animales no destinados a consumo humano. Es un término que un ganadero o el responsable de una industria cárnica o láctea oye a menudo, y que pesa de lleno en una planta de biogás: el estiércol, el purín, el contenido del tubo digestivo, el lactosuero y muchos restos de matadero son SANDACH. Este artículo explica qué dice la norma, en qué categoría cae cada material y qué exige a la planta que los digiere.
Qué son los SANDACH y qué normas los regulan
Un SANDACH es cualquier material de origen animal que no va a la cadena alimentaria humana, sea porque nunca estuvo destinado a ella, como el estiércol, o porque sale de ella, como los restos de una sala de despiece. La norma los controla para evitar que propaguen enfermedades a animales o personas, y por eso regula qué destino puede tener cada uno.
Para una planta de biogás, el marco se apoya en cuatro normas:
| Norma | Qué regula para una planta de biogás |
|---|---|
| Reglamento (CE) 1069/2009 | Clasifica los SANDACH en tres categorías, fija su destino y exige autorizar la planta (art. 24.1.g) |
| Reglamento (UE) 142/2011, anexo V | Unidad de higienización, sus exenciones y los requisitos sanitarios de lo que sale del digestor |
| Real Decreto 1528/2012, art. 8 | Aplica en España los requisitos de las plantas de biogás; modificado por última vez por el Real Decreto 70/2025 |
| Ley 7/2022, art. 3.3.b | Los SANDACH que entran en una planta de digestión anaerobia quedan sujetos a la ley de residuos en lo que no regula la norma SANDACH |
Las autoridades competentes son las de cada comunidad autónoma.
Las tres categorías SANDACH y su destino en biogás
El Reglamento (CE) 1069/2009 ordena los subproductos por riesgo, de mayor a menor. La categoría no la elige quien genera el material: la marca el reglamento según su origen.
| Categoría | Qué incluye (ejemplos) | ¿Puede ir a una planta de biogás? |
|---|---|---|
| 1 (art. 8) | Los materiales de mayor riesgo sanitario | No se destinan a biogás |
| 2 (art. 9) | Estiércol, guano no mineralizado y contenido del tubo digestivo, entre otros | Sí: tras esterilización a presión o, en los casos del art. 13.e, con o sin procesamiento previo |
| 3 (arts. 10 y 14) | Buena parte de los subproductos de matadero de animales aptos para consumo, lactosuero y productos lácteos, entre otros | Sí, con los requisitos del anexo V del Reglamento (UE) 142/2011 |
Si tu industria genera varios subproductos, cada uno puede tener una categoría distinta, y la planta tiene que cumplir lo que exija el más restrictivo de los que reciba. Por eso la categoría de cada material es uno de los primeros datos que pide una ingeniería.
El estiércol, categoría 2: cuándo va a biogás sin transformación previa
El artículo 9.a del reglamento sitúa en la categoría 2 el estiércol, el guano no mineralizado y el contenido del tubo digestivo. En principio, la categoría 2 solo puede transformarse en biogás tras una esterilización a presión. El artículo 13.e hace una excepción: el estiércol, el tubo digestivo y su contenido, la leche, los productos lácteos, el calostro, los huevos y los ovoproductos pueden ir al digestor «con o sin procesamiento previo» si la autoridad competente no aprecia riesgo de propagación de una enfermedad transmisible grave. El estiércol también puede aplicarse a la tierra sin procesar (art. 13.f).
En la práctica, el purín de una granja puede ir directo al digestor. Eso no significa que la planta quede fuera de la norma: sigue necesitando autorización, y la Ley 7/2022 le aplica la normativa de residuos en lo que el reglamento SANDACH no regula.
Las normas ganaderas encajan con este esquema. En bovino, el Real Decreto 1053/2022 (arts. 9 a 11) permite gestionar el estiércol por valorización agronómica o entregándolo a instalaciones autorizadas, con contrato y registro de entregas; lo detalla el artículo sobre el Real Decreto 1053/2022 y las granjas bovinas. En porcino, el plan de gestión del purín lo marca el Real Decreto 306/2020, que explica el artículo sobre el RD 306/2020.
Autorización de la planta de biogás: el artículo 24.1.g
El artículo 24.1.g del Reglamento (CE) 1069/2009 exige autorización a los establecimientos o plantas de «transformación de subproductos animales o productos derivados en biogás o compost». La necesita cualquier planta que reciba SANDACH, también la que solo digiere el purín de la propia granja y está exenta de higienizar. La concede la autoridad competente de la comunidad autónoma, con los requisitos que concreta el artículo 8 del Real Decreto 1528/2012.
No es el único permiso. Si la planta valoriza residuos de terceros, entra en evaluación ambiental simplificada (Ley 21/2013, anexo II, grupo 9.b), y si la digestión anaerobia supera 100 t/día y es su único tratamiento de residuos, necesita autorización ambiental integrada (Real Decreto Legislativo 1/2016, anejo 1, epígrafe 5.4). El expediente lo promueve el titular con su ingeniería.
Unidad de higienización: 70 °C, 60 minutos y 12 mm
Cuando la planta trata subproductos que la exigen, el material pasa por una unidad de pasteurización o higienización que no se puede saltar. El Reglamento (UE) 142/2011 (anexo V, capítulo I, sección 1, punto 1) fija sus condiciones:
| Requisito | Valor |
|---|---|
| Tamaño máximo de partícula a la entrada | 12 mm |
| Temperatura mínima | 70 °C |
| Tiempo mínimo a esa temperatura | 60 minutos |
| Control | Registro continuo de la temperatura |
| Seguridad | Sistema que impida un calentamiento insuficiente |
El Real Decreto 1528/2012 (art. 8) permite a la autoridad autorizar parámetros alternativos y regula supuestos especiales, como los restos de cocina o determinados materiales de las categorías 2 y 3. La higienización consume calor, que suele salir del motor de cogeneración de la propia planta, y exige trituración previa: se diseña desde el primer plano, no se añade después.
Cuándo no hace falta higienizar
El punto 2 de esa misma sección exime de la unidad a las plantas que solo transforman, entre otros:
- material de categoría 2 procesado por el método 1 (esterilización a presión);
- material de categoría 3 ya pasteurizado o procesado;
- subproductos que pueden aplicarse a la tierra sin transformación, como el estiércol, el contenido del tubo digestivo o la leche, si la autoridad competente no aprecia riesgo.
La palabra que importa es «solo». Una planta que digiere purín y empieza a recibir restos de matadero puede perder la exención y necesitar la unidad. Si prevés admitir subproductos de terceros más adelante, díselo a la ingeniería desde el principio: cambia la línea de proceso y el expediente.
Qué exige la norma al digestato de una planta SANDACH
El texto español del Reglamento (UE) 142/2011 llama «residuos de fermentación» a lo que sale del digestor. Su anexo V (capítulo III, sección 3) fija dos controles:
- E. coli o Enterococcaceae, a la salida del proceso: de 5 muestras, ninguna puede superar 5.000 por gramo y solo una puede estar entre 1.000 y 5.000.
- Salmonella, en el almacenamiento o a la salida: ausencia en 25 g en las 5 muestras.
Cumplir estos límites no convierte el digestato en abono sin más. La Ley 7/2022 define el digerido (art. 2.j) y remite al Reglamento (UE) 2019/1009 para que deje de ser residuo (art. 28.3). Si sigue siendo residuo, su aplicación al suelo se hace como operación R1001, con los requisitos del anexo VIII del Real Decreto 1051/2022 y la autorización que corresponda. Puede comercializarse como producto fertilizante solo si cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2019/1009 o se inscribe conforme a la norma nacional. La vía de cada caso está en gestión del digestato.
SANDACH en tu proyecto: qué preparar antes de pedir la propuesta
Si tu planta va a recibir subproductos animales, reúne estos datos antes de hablar con una ingeniería:
- Qué subproductos generas o recibirías, y su categoría SANDACH si la conoces.
- Cuántas toneladas al año de cada uno y cómo varían por meses o campañas.
- Si alguno procede de otras explotaciones o industrias.
- Si ya tienes autorización SANDACH para otra actividad y qué gestor retira hoy esos materiales.
- Qué calor consumes, porque la higienización lo necesita y tu proceso quizá también.
- Qué salida prevés para el digestato.
Con esos datos, la ingeniería decide si la planta necesita higienización, qué digestor encaja con la mezcla y cómo se plantea el expediente. Lo propio de mataderos, lácteas y otras industrias está en biogás en la agroindustria; los tipos de reactor y los equipos de proceso, en digestor anaerobio; y cómo se mezclan estos subproductos con el purín, en codigestión de purines.
Este contenido es divulgativo y no sustituye el asesoramiento profesional; la aplicación concreta depende de cada proyecto y de la normativa autonómica y municipal.
Biogasia.es conecta explotaciones ganaderas, cooperativas e industria agroalimentaria con ingenierías y EPC especializadas en plantas de biogás. Biogasia no diseña, dimensiona, construye ni opera plantas de biogás, no tramita autorizaciones ni gestiona el digestato: traslada cada solicitud a una ingeniería especializada, que es quien prepara la propuesta. La autorización SANDACH y el resto de la tramitación los promueve el titular del proyecto con esa ingeniería ante los organismos competentes.